Usted esta en:
El Libro de los Espíritus > LIBRO TERCERO — LEYES MORALES > CAPÍTULO VI - LEY DE DESTRUCCIÓN > CALAMIDADES DESTRUCTORAS > 739
739. ¿Las calamidades destructoras tienen una utilidad físicamente consideradas a pesar de los males que ocasionan?
«Si; pues a veces cambian el estado de una comarca; pero el bien que de ellas resulta no es apreciado con frecuencia más que por las generaciones futuras».
«Si; pues a veces cambian el estado de una comarca; pero el bien que de ellas resulta no es apreciado con frecuencia más que por las generaciones futuras».